La justicia convalidó descuentos salariales por paros, pero revoca pérdida de presentismo

De esta manera, el Tribunal no objetó los decretos municipales que permitieron esas deducciones, considerando que la afectación fue limitada a las jornadas de paro y no se produjo una afectación excesiva sobre las remuneraciones.


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El Tribunal de Trabajo N° 4 ratificó los descuentos salariales realizados por el gobierno municipal a trabajadores que participaron en paros convocados por el Sindicato de Trabajadores Municipales (STM) durante el conflicto entre abril y agosto de este año. La resolución también desestimó las denuncias de "prácticas discriminatorias" y "desleales" presentadas por el STM contra la comuna y sus funcionarios.

El fallo sostiene que los descuentos salariales por los días de huelga no vulneraron los derechos gremiales de los trabajadores, ya que las deducciones solo se aplicaron por los días en que los empleados no prestaron sus servicios en adhesión a las medidas de fuerza. De esta manera, el Tribunal no objetó los decretos municipales que permitieron esas deducciones, considerando que la afectación fue limitada a las jornadas de paro y no se produjo una afectación excesiva sobre las remuneraciones.

En cuanto a las acusaciones de discriminación y deslealtad sindical, el Tribunal rechazó la querella del STM. En su resolución, afirmó que no se constató "la existencia de prácticas discriminatorias en los términos de la ley 23.592" ni conductas desleales por parte de los funcionarios municipales involucrados en el conflicto.

Sin embargo, el fallo fue favorable al gremio en otro aspecto. El Tribunal ordenó al municipio dejar sin efecto la pérdida del presentismo para los trabajadores que participaron en las huelgas, estableciendo que se retrotraiga la situación al estado previo. Esto implica que se deberá cesar la aplicación del decreto que modificó el régimen de presentismo dispuesto por el Decreto 397/2001, lo que permitirá a los trabajadores recuperar ese derecho.

Esta resolución marca un punto de equilibrio en el conflicto entre la administración municipal y el STM, validando el derecho del municipio a realizar los descuentos salariales por los días no trabajados, pero reconociendo el reclamo del sindicato en relación a la conservación del presentismo.

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