"Las obras sociales y prepagas tienen la obligación de brindar cobertura"

Es importante hacer el reclamo administrativo.


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La Dra. Marcela Peralta visitó los estudios de Vencedores y Vencidos (La Red 91.3 FM), donde analizó las dificultades que atraviesan actualmente numerosos afiliados de obras sociales y empresas de medicina prepaga ante problemas de cobertura y acceso a prestaciones médicas.

Durante la entrevista, la especialista explicó cuáles son los pasos que deben seguir los usuarios frente a negativas o demoras en la autorización de tratamientos, estudios y prestaciones, y remarcó que “las obras sociales y prepagas tienen la obligación legal de brindar cobertura en todos los casos contemplados por la normativa vigente”.

“Recibimos constantemente consultas por inconvenientes con obras sociales y prepagas. Estas situaciones afectan tanto a afiliados en general como, especialmente, a personas con discapacidad y sus familias. Los rechazos, demoras y faltas de cobertura son problemáticas frecuentes”, señaló.

Asimismo, destacó la importancia de realizar los reclamos de manera formal: “No alcanza con efectuar un reclamo verbal. Es fundamental dejar constancia por escrito y conocer los derechos que nos asisten. El Programa Médico Obligatorio establece prestaciones mínimas que todas las obras sociales y prepagas deben garantizar. En materia de discapacidad, además, existen leyes específicas que amplían esas obligaciones”.

En ese sentido, explicó que la cobertura mínima obligatoria surge de la ley y debe ser respetada por todos los agentes de salud. “La normativa es igual para todos. Más allá de las diferencias entre planes y servicios, existe un piso de cobertura que debe garantizarse siempre. Por eso es tan importante que los afiliados conozcan sus derechos y exijan su cumplimiento”, afirmó.

Por último, la Dra. Peralta recomendó documentar cada reclamo y conservar toda la información vinculada al caso. “En determinadas situaciones, especialmente cuando existe una negativa expresa o una demora injustificada, resulta conveniente intimar formalmente a la obra social o prepaga mediante carta documento, exigiendo la cobertura correspondiente. Esa instancia suele ser fundamental para resguardar los derechos del afiliado y, de ser necesario, avanzar posteriormente por la vía judicial”, concluyó.

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